La reforma laboral impulsada por el Ejecutivo ha dado un paso decisivo en el Congreso. Mientras el texto se encamina a la Cámara de Diputados, los trabajadores y las empresas comienzan a analizar la “letra chica” de una de las modificaciones más disruptivas: la creación del banco de horas, un mecanismo que promete flexibilizar la jornada laboral, pero que enciende alarmas sobre el futuro de los ingresos adicionales.
¿Qué es el banco de horas?
Hasta ahora, cualquier minuto trabajado por encima de las 8 horas diarias o 48 semanales debía abonarse con un recargo del 50% (días hábiles) o del 100% (fines de semana y feriados). Con la nueva normativa, se habilita la posibilidad de que esas horas en exceso no se paguen en efectivo, sino que se “almacenen” en un pozo individual.
Este sistema permite que el excedente de tiempo trabajado en días de alta demanda sea compensado con francos o jornadas más cortas en momentos de menor actividad. Según el texto aprobado, la jornada diaria podría extenderse hasta un máximo de 12 horas, siempre y cuando se respete el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
¿Qué dice el texto con media sanción?
Artículo 197 bis- El empleador y el trabajador podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias de trabajo, el cual deberá formalizarse por escrito, consignando la naturaleza voluntaria de la prestación de horas extras y sus límites, especificando el modo de funcionamiento del sistema y estableciendo un método fehaciente de control que permita a ambas partes registrar las horas efectivamente trabajadas y las horas disponibles para su goce por parte del trabajador. A tal efecto, se podrá disponer de un régimen de horas extras, banco de horas, francos compensatorios, entre otros institutos relativos a la jornada laboral.
Dicho régimen, que podrá igualmente ser pactado por el empleador con la representación sindical en la empresa, deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador.’
¿Se terminan las horas extras?
No desaparecen por completo, pero dejan de ser la única opción. La reforma establece que el banco de horas es una alternativa al pago tradicional.
Acuerdo mutuo: El sistema no puede aplicarse de manera arbitraria. Debe ser pactado por escrito entre el empleador y el trabajador, o mediante convenios colectivos por empresa.
Voluntariedad: Según especialistas, el consentimiento del trabajador es indispensable para ingresar a este esquema de “compensación por tiempo”.
El impacto en el bolsillo: Los sectores críticos advierten que, en la práctica, esto podría significar una reducción del salario real para quienes dependen de las horas extra para llegar a fin de mes, ya que el beneficio se percibiría en “tiempo libre” y no en dinero.





