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ANSES INFORMA. 17 DE JULIO.

Guillermo Ibarra

Buenos Aires, 17 de julio de 2017.

Cómo solicitar la Certificación de Servicios para iniciar la jubilación.

La ANSES recuerda que todos los trabajadores deben exigir a su empleador la Certificación de Servicios y Remuneraciones, la cual demuestra los servicios prestados y los salarios percibidos en los períodos trabajados en relación de dependencia, y es necesaria para realizar el futuro trámite jubilatorio. Puede pedirse ya sea al finalizar la relación laboral o en cualquier momento.

En los casos de cese de la relación laboral, el empleador deberá entregar la certificación dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de extinción del contrato de trabajo. Si no lo hiciese y el trabajador lo intimara de modo fehaciente a extender la certificación en cuestión, el empleador contará con un plazo de 2 días hábiles computados a partir del día siguiente al de la recepción de la intimación.

Si el empleador no hiciese lugar a esta intimación referida, podrá resultar sancionado con una indemnización a favor del trabajador, que será equivalente a tres veces la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o el tiempo de prestación de servicios, si este fuere menor. 

Grupos de pago para hoy

Jubilados y pensionados cuyos haberes no superan los $7266 y sus documentos terminan en 5.

Titulares de la Asignación Universal por Hijo, por Embarazo y PROGRESAR cuyos documentos terminan en 8.

Los calendarios de pagos de todas las prestaciones pueden consultarse en www.anses.gob.ar.

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