AgroMoll Tapa Superior

Información de la Secretaría de Asuntos Docentes

Guillermo Ibarra

Las inscripciones para la conformación de los Listados 108 A y B IN-FINE se realizarán a partir del 17/02/2020, los días lunes, martes, jueves y viernes de 9 a 11. A partir del 1º de abril los días martes y miércoles de 9 a 11.

INSCRIPCIÓN LISTADOS IN- FINE 2020

En virtud a la implementación de la Resolución 326/18, se comunican los siguientes puntos:

· El período de inscripción a los listados in –Fines comenzará el 17/02 hasta la finalización del ciclo lectivo.

· Se aclara que la documentación se recepcionará por orden de llegada y el listado será confeccionado de acuerdo al orden de mérito en los términos establecidos en la Res 3181/02.

· Las inscripciones se realizarán por un solo distrito, la documentación será presentada y recepcionada en el distrito de inscripción y formará parte de un legajo único.

· Los docentes deberán confeccionar una planilla de inscripción por cada distrito solicitado y presentarla en el distrito de inscripción para su carga.

· Cuando el docente agregue documentación o modifique el porcentaje de materias aprobadas en otro distrito que no sea el distrito de inscripción, se agrega a la carga existente. Se tomará como válida la última inscripción realizada.

· En los casos de impugnaciones en otro distrito que no sea el de inscripción, se solicitará al docente la documentación para corroborar con la carga realizada en el sistema por el distrito de inscripción. Sólo en caso de diferencia con la documentación presentada, se verifica y se carga donde se realice el reclamo. Se tomará como válida la última inscripción realizada.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

En todos los listados en los que aspire ingresar el docente, se deberá presentar:

-Planilla de declaración Jurada: 1 original y 1 copia ( Declaración Jurada Listado 108 a y b IN- FINES. es una sola y se marca el listado que corresponda) La misma se descarga desde la página www.abc.gob.ar , SERVADO, documentos de descarga.

-Fotocopia de DNI, anverso y reverso.

TÍTULOS HABILITANTES

Para listado 108 A :

-Fotocopia del título habilitante, registrado en la D.G.C. y E. o constancia de título en trámite (se tomará con el mismo criterio que para Listado Oficial) certificada por autoridad competente.

Para listado 108 B

-Fotocopia del título Secundario, registrado en la D.G.C. y E. -Constancia de título en trámite o certificado de alumno regular actualizado al momento de la inscripción donde se especifique la actualización (porcentaje) de las últimas materias aprobadas. Se aclara que la condición de alumno regular es determinante para ser habilitado en ListAdo 108 B.

ANTIGÜEDAD DOCENTE – El desempeño se extrae del PDD. En los casos que no se desprenda, las SAD deberán cargarlas de acuerdo a lo consignado por el docente en la Declaración Jurada, siempre que se encuentre debidamenTe certificado por la autoridad competente. TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES.

-Fotocopia de todos los títulos y cursos bonificantes, registrados en la D.G.C. y E. certificados `por la autoridad competente. CALIFICACIONES – Las calificaciones docentes, se extraen desde el PDD. En los casos que no se desprenda, las SAD deberán cargarlas de acuerdo a lo consignado por el docente en la Declaración Jurada, siempre que se encentre debidamente certificado por la autoridad competente.

RECORDAR QUE DEBEN PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL PARA ACREDITAR LA AUTENTICIDAD DE LAS COPIAS.

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