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Paso a paso. ¿Cómo se genera el recibo de sueldo del personal doméstico?

Guillermo Ibarra

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) explicó el procedimiento para realizar el pago mensual de aportes y contribuciones para quienes son empleadores de personal de casas particulares.

Mediante un video que compartió este jueves en su cuenta de Twitter, el ente recaudador repasó cómo se podrá generar el recibo de sueldo de las y los trabajadores de ese rubro. El trámite se podrá llevar adelante por medio del portal o de la aplicación de casas particulares. Según precisó la AFIP, la app se encuentra disponible tanto para App Store como Google Play.

A continuación, el paso a paso para generar el recibo del personal de casas particulares:

1) En primer lugar, se debe acceder al portal de casas particulares e ingresar con la clave fiscal.

2) Luego, hay que seleccionar la opción recibo de sueldo y completar los datos requeridos.

3) El tercer paso es ingresar el monto por antigüedad. Si el período es junio o diciembre, el sistema habilitará la carga del SAC. Asimismo, se podrán agregar adicionales como viáticos.

4) Antes de finalizar, será necesario elegir la opción de generar recibo de sueldo.

5) Y por último, habrá que descargar el recibo de sueldo y entregarle una copia firmada al empleado o empleada.

El 27 de enero pasado, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo estableció los nuevos valores para la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) para el personal de casas particulares y los mismos quedaron vigentes a partir de este mes.

La cuota de la aseguradora está contemplada dentro del pago mensual de los aportes y contribuciones de la trabajadora que realiza cada empleador.

1) Por persona mayor de 18 años que trabaja:

– 16 horas o más por semana: aporte a la obra social, $1775,18; contribución al sistema jubilatorio, $148,28 y ART, $1.019,90. Importe a pagar: $2.943,36.

– Entre 12 y 16 horas por semana: aporte a la obra social $266,91; contribución al sistema jubilatorio, $101,66 y ART $695,89. Importe a pagar: $1.064,46.

– Menos de 12 horas por semana: aporte a la obra social, $144,04; contribución al sistema jubilatorio, $50,84 y ART $472,20. Importe a pagar: $667,08.

2) Por persona menor de 18 pero mayor de 16 años:

– 16 horas de trabajo por semana o más: aporte a la obra social, $1775,18 y cuota de la ART $1.019,90. Importe a pagar: $2.795,08.

– Entre 12 y 16 horas por semana: aporte a la obra social, $266,91 y ART $695,89. Importe a pagar: $962,80.

– Menos de 12 horas por semana: aporte a la obra social, $144,04 y ART $472,20. Importe a pagar: $616,24.

3) Por cada trabajador jubilado:

– 16 horas de trabajo por semana o más: contribución al sistema jubilatorio, $148,28 y ART $1.019,90. Importe a pagar: $ 1.168,18

– Entre 12 y 16 horas por semana: contribución al sistema jubilatorio, $101,66 y ART $695,89. Importe a pagar: $797,55.

– Menos de 12 horas por semana: contribución al sistema jubilatorio, $50,84 y ART $472,20. Importe a pagar: $523,04.

En caso de sufrir un accidente laboral o una enfermedad profesional, la contratación de una ART garantiza a el o la trabajadora el acceso a una atención médica, el pago del sueldo mientras se encuentre en tratamiento y el pago de las indemnizaciones que correspondan. La contratación de la ART es una obligación que tiene cada empleador.

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