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ANSES Informa. 16 de agosto.

Guillermo Ibarra

Buenos Aires, 16 de agosto de 2017.

Jubilados y pensionados pueden dar un poder a otra persona para el cobro de sus haberes.

La ANSES recuerda que los jubilados y pensionados tienen la posibilidad de nombrar a un apoderado, mayor de 18 años, para hacer trámites en sus oficinas o cobrar el haber previsional. Pero si el interesado solo desea un apoderado para percibir la jubilación o pensión, puede designar a una entidad bancaria.

El trámite debe hacerse presencialmente en cualquier delegación de la ANSES, sacando un turno al teléfono gratuito 130 o desde www.anses.gob.ar, sección Turnos online, elegir Solicitar turno y seleccionar Registración de poderes. Allí deberá indicar el CUIL y el nombre completo del jubilado o pensionado y el CUIL del apoderado.

 Grupos de pago para hoy

Jubilados y pensionados cuyos haberes no superen los $7266 y sus documentos terminan en 6.

Titulares de la Asignación Universal por Hijo, por Embarazo y PROGRESAR cuyos documentos terminan en 8.

Los calendarios de pagos de todas las prestaciones pueden consultarse en www.anses.gob.ar.

 

 

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